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IVA inclòs en tots els preus

Condicions més destacades: Internet vacacional

  • La prestació del servei depèn de la viabilitat tècnica i de cobertura.

  • Tarifes no vàlides per a àrees d'accés wifi públic.

  • Alta + Instal·lació gratuïta.

  • Router no inclòs.

Contrato de cliente

Puedes descargarte el contrato de cliente en el botón o puedes leerlo aqui mismo.

CONDICIONES CONTRACTUALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES por parte de RED DIGITAL DE TELECOMUNICACIONES DE LAS ISLAS BALEARES S.L., de ahora en adelante IB-RED.

A efectos de este contrato, del que forman parte las siguientes Condiciones Contractuales, resulta indispensable que el Cliente acepte íntegramente las mismas para la prestación del Servicio de Acceso a Internet que ofrece IB-RED.

El Cliente, con su firma, asegura haber leído, entendido y, posteriormente, aceptado las Condiciones Contractuales que se exponen en el presente contrato. En todo momento y con carácter previo a la contratación, IB-RED ha puesto a disposición del Cliente dichas condiciones en la siguiente página Web: http://www.ibred.es/contrato-cliente.pdf.

El Cliente del Servicio aceptará todas las normativas de uso e instrucciones técnicas que IB-RED considere necesarias para el correcto funcionamiento del mismo, con posterioridad a la firma de las presentes Condiciones Contractuales. Si tras la notificación por parte de IB-RED al Cliente de cualquier modificación, ésta no fuera aceptada por el Cliente dentro del plazo otorgado, se procederá a la finalización del contrato.

Las siguientes Condiciones Contractuales regulan la prestación del Servicio, por parte de IB-RED al Cliente, a cambio de un precio que figura en la carátula.

1.OBJETO.

Por medio del presente contrato, IB-RED pone a disposición del Cliente el Servicio de Acceso a Internet (en adelante, “el Servicio”). El Servicio consiste en proporcionar al Cliente conexión a Internet, de forma dedicada y permanente, en la ubicación que solicite el Cliente y siempre y cuando IB-RED considere que técnicamente es viable para el buen funcionamiento del Servicio. La prestación del Acceso a Internet se llevará a cabo por medio de los siguientes equipamientos:

– Equipo de comunicación exterior/interior (propiedad de IB-RED e instalados en concepto de alquiler) consistente en una antena de panel con interfaz Ethernet. En casos puntuales, indicados en el formulario del contrato, a través fibra óptica (FTTH).

– En el caso de existiera equipo exterior, cable de red de formato Ethernet que conecta la antena con el interior del emplazamiento.

– En el caso de contratarlo, punto de acceso interior Wi-Fi (router) y/o adaptador telefonía IP.

2.TARIFAS.

El Servicio prestado se facturará al Cliente según las tarifas en vigor en cada momento. Las tarifas vigentes a la firma de este documento para la prestación del Servicio forman parte del presente contrato y se contemplan en la carátula. Cabe destacar que el importe del servicio puede verse incrementado por los impuestos que resulten de obligada aplicación durante la vigencia de este contrato. En el caso de contratar el servicio de telefonía IB-RED, el Cliente debe saber que los precios vigentes de las llamadas estarán siempre publicados en la página web www.ibred.es. Al margen de la notificación personal que a cada cliente se le pueda realizar.

 

IB-RED podrá actualizar los precios y/o descuentos del Servicio. En este caso, IB-RED comunicará al Cliente cualquier modificación en los precios aplicables, a través de los medios previstos en la cláusula 23, con una antelación mínima de un (1) mes y de acuerdo con la cláusula 7.a., en el caso de que el Cliente manifieste su disconformidad de forma fehaciente con las nuevas tarifas, éste podrá cancelar unilateralmente el presente contrato correspondiente a la prestación de servicios con IB-RED, sin que ello suponga para el Cliente ningún tipo de penalización o coste adicional). Si transcurrido el plazo de quince (15) días desde que IB-RED pone en conocimiento del Cliente la modificación de precios, éste no ha notificado de forma fehaciente nada en contra se considerará aceptada cualquier actualización por parte del Cliente. Cualquier modificación será efectiva desde el momento que se indique en la notificación.

3.FACTURACIÓN Y PAGO.

IB-RED facturará al Cliente las cantidades que éste deba abonar por la prestación del Servicio contratado. IB-RED emitirá al Cliente facturas por cada servicio contratado. En cuanto a la factura de telefonía, y como norma general, IB-RED agrupará en un único concepto el conjunto de todas las llamadas efectuadas por el Cliente. No obstante, si el Cliente así lo solicitara, mediante comunicación escrita a la sede social de IB-RED, la factura de telefonía contemplará el desglose del coste de todas las llamadas. Dicho desglose será de carácter gratuito para el Cliente. La primera factura emitida al Cliente incluirá el importe del alta e instalación, más todo el equipamiento no incluido en ese concepto, tales como routers, plc, cableado extra, otros dispositivos de ampliación de cobertura, etc. IB-RED informará previamente al Cliente en el caso de que se produzca cualquier coste adicional en el alta y la instalación. Dicha factura se emitirá transcurridos 5 días después de la instalación.

En cuanto al periodo de facturación mensual, IB-RED establece que estará comprendido desde el día 1 de mes hasta el último día de ese mismo mes. Su emisión se hará efectiva transcurrido el periodo a facturar. La primera cuota mensual del Cliente se facturará proporcionalmente en base al número de días que el Servicio de IB-RED haya estado en funcionamiento dentro del periodo de facturación.

El mismo criterio de proporcionalidad se aplicará en el caso de que se produzca cualquier modificación en las características del Servicio. Ejemplo: cambio de velocidad contratada, finalización de contrato, etc.

La forma de pago del Servicio establecida por IB-RED es únicamente la domiciliación bancaria. De manera puntual y excepcional y tras la valoración del Departamento de IB-RED correspondiente, el pago mensual se podrá hacer efectivo con las siguientes modalidades de pago: pago en cualquiera de las oficinas de atención al público que IB-RED tiene en funcionamiento en las Islas Baleares, ingreso en cuenta, transferencia bancaria y tarjeta de crédito. En el caso de que el Cliente se retrasase en los pagos, IB-RED le requerirá para que cumpla con sus pagos pendientes utilizando una de las anteriormente mencionadas formas de pago.

4.VIGENCIA DEL CONTRATO.

El contrato del Servicio de IB-RED al Cliente entrará en vigor cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones:

a) La comprobación por parte de IB-RED de la viabilidad técnica en la localización donde el Cliente quiera la prestación del Servicio.
b) En el caso de que el Cliente no sea el propietario del local o edificio en el cual IB-RED prestará el Servicio, será necesaria la obtención del permiso o autorización del propietario o Junta de Propietarios para el acceso o instalación de los equipos.
c) Alta del Servicio, en el momento de su puesta en funcionamiento. La duración inicial de los contratos de banda ancha está especificada en la cláusula 1 de las condiciones particulares aplicables al servicio de acceso a internet. Si el Cliente no comunica su intención de finalizarlo con una antelación mínima de dos (2) días hábiles a la fecha prevista de duración inicial dicho contrato se dará por prorrogado por idéntico plazo que el inicial. En el caso de que fuera IB-RED quien quisiera extinguirlo, la decisión deberá ser comunicada al Cliente con una antelación mínima de quince (15) días. En el caso del contrato de Servicio de Bono Banda Ancha Radio, éste tiene una duración de un periodo de seis (6) meses consecutivos. Para la desactivación temporal del servicio una vez transcurridos los seis meses consecuconsecutivos, el Cliente deberá poner en conocimiento a IB-RED su intención de desconectarlo con una antelación mínima de dos (2) días a la fecha que se quiera paralizar. Para su posterior reconexión, el Cliente deberá avisar a IB-RED con una antelación mínima de dos (2) días a la fecha que se quiere reconectar el sistema. En el caso de contrato de Banda Ancha FTTH no se establece periodo de permanencia.

5.PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

La aceptación de las presentes condiciones contractuales del Servicio por parte del Cliente, significa su plena conformidad a la instalación y activación del Servicio por parte de IB-RED. A partir de la fecha de la rúbrica, IB-RED estará facultada para facturar el Servicio al Cliente.

6.PARÁMETROS DE CALIDAD DEL SERVICIO.

Una vez cumplidas las condiciones señaladas en los puntos a) y b) del punto 4 del presente contrato, y a partir del momento en el que el Cliente solicite el Servicio a IB-RED, este último iniciará su prestación del servicio al Cliente antes de transcurrir diez (10) días laborales.

En cuanto a la resolución de posibles incidencias, el plazo que garantiza IB-RED es de cuarenta y ocho (48) horas a excepción de incidencias o averías generalizadas del sistema de IB-RED, fuerza mayor o causas ajenas a IB-RED. IB-RED prestará el servicio de resolución de incidencias al Cliente de forma gratuita, única y exclusivamente, en aquellos casos en los que la incidencia diagnosticada se deba a fallos originados e imputables a IB-RED. En el resto de casuísticas, IB-RED sólo prestará el servicio de asistencia técnica en el domicilio a solicitud del Cliente y será objeto de contraprestación económica por parte del Cliente a favor de IB-RED. En este sentido, el Cliente estará obligado a abonar el precio correspondiente al desplazamiento, así como la reparación y la instalación de otros equipos y dispositivos adicionales, si así fuera el caso, efectuada por IB-RED. El Cliente debe tener en cuenta que el Servicio contratado no contempla la resolución técnica de incidencias o averías en su equipo informático ni tampoco en el Módem/Router Wi-Fi. En el caso de que IB-RED incumpliese los compromisos de calidad, el Cliente tiene el derecho de requerir la compensación correspondiente al concepto incumplido con lo establecido en el presente contrato.

7.MODIFICACIONES DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO.

El Cliente comunicará por escrito a IB-RED cualquier modificación de las características que pudieran influir en la prestación del Servicio. El Cliente realizará las notificaciones a través de los canales que ésta tenga habilitadas al efecto, tales como llamadas telefónicas al Centro de Atención al Cliente, mediante solicitudes por escrito o a través de la dirección de IB-RED en Internet. Una vez recibida la comunicación, IB-RED efectuará la modificación solicitada por el Cliente. La activación de la nueva solicitud por parte del Cliente dará comienzo a un nuevo periodo de facturación, acorde con las características de la nueva modificación efectuada. IB-RED notificará al cliente las modificaciones realizadas con las nuevas características del Servicio, así como la disponibilidad de su uso por el Cliente. Previamente, el Cliente se compromete a firmar y enviar dicha solicitud a IB-RED dentro de los siete (7) días siguientes a la de su recepción por los canales que IB-RED disponga para ello. La falta de remisión de la hoja de solicitud de modificación con las nuevas características del Servicio por parte del Cliente, no anulará ni invalidará la petición o solicitud escrita inicial.

a) IB-RED se reserva el derecho a modificar el presente contrato por los siguientes motivos: cambios, innovaciones y rectificaciones de las características técnicas de los equipos, dispositivos o del sistema, variaciones tecnológicos que afecten al servicio, actualizaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del servicio y evolución del mercado. A efectos de una mejora técnica que permita la mejora del Servicio y su adaptación a la evolución técnica y tecnológica del momento, IB-RED podrá modificar las características del Servicio.
b) El cambio voluntario de un Cliente de IB-RED de uno de nuestros servicios a otro de ellos conlleva implícito un coste a abonar por parte del cliente en el alta + instalación que puede ser igual o inferior, dependiendo el caso, al coste de contratación de un cliente nuevo.

9.OPERACIONES DE MANTENIMIENTO.

IB-RED tiene derecho a retirar el Servicio o establecer una ruta alternativa del mismo de manera planificada con la finalidad de ajustar el sistema, realizar las pruebas que considere necesarias para la mejora del Servicio, comprobaciones de control de calidad del Servicio y el mantenimiento del mismo con el objetivo de garantizar la calidad del funcionamiento del Servicio y durante el tiempo que considere necesario. Todo ello sin perjuicio de la obligación de permanencia y continuidad en el Servicio a la que IB-RED se encuentra obligada con carácter general. En tal caso, IB-RED comunicará dichos planes de ajustes al Cliente con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas, siempre y cuando fuera posible. Como criterio general, se realizarán perfectamente y siempre que fuera técnicamente viable, en las horas de menor probabilidad de utilización del Servicio.

En lo referente a labores de ajustes en el sistema sin planificar IB-RED indemnizará al Cliente con una cantidad que será, al menos, igual al promedio de importe facturado por este Servicio durante los tres (3) meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el periodo en el que se efectúe la interrupción, teniendo en cuenta las características expuestas en la cláusula 12 e) y 12 f).

10.ACCESO A LOS EQUIPOS DE IB-RED O DE UN TERCERO.

El Cliente permitirá el acceso, o en su defecto, se compromete obtener el permiso para que los trabajadores de IB-RED (o las personas que ésta designe y estén debidamente identificadas) accedan a las instalaciones del Cliente en la que estén ubicados los equipos y dispositivos propiedad de IB-RED o de un tercero cuando sea necesario o se considere conveniente con la finalidad de:

a) Instalar equipos para la puesta en marcha del Servicio así como cualquier modificación solicitada por el Cliente y que para hacerla efectiva necesariamente se deba acceder a los equipos instalados en el emplazamiento.
b) Retirar los equipos propiedad de IB-RED por motivo de baja del Cliente en el Servicio o por finalización del contrato.
c) Realizar operaciones de mantenimiento para el buen funcionamiento del Servicio.
d) Efectuar las actuaciones necesarias para la resolución de incidencias, reparación de averías o desconexión del Servicio.
e) Ampliar las instalaciones de los equipos para dar servicio a otros clientes si así fuera necesario.
f) Cualquier otra actuación técnica en beneficio del Servicio contratado por el Cliente.
g) En el caso del incumplimiento de dichas obligaciones por parte del Cliente, éste no podrá imputar a IB-RED por retraso o incumplimiento de la prestación del Servicio.

11.AVERIAS E INTERRUPCIONES DEL SERVICIO.

En caso de que se produzcan averías, interrupciones imputables a IB-RED, ésta se compromete únicamente a solucionar sólo aquellos problemas en el equipo o elementos de la red que estén bajo su responsabilidad en origen. IB-RED se hará cargo de los costes derivados de la reparación de dichas averías, siempre que éstas no sean imputables al Cliente por negligencia de uso o de conservación o por actuaciones dolosas o culposas, tanto sobre la red como sobre sus equipos.

Es obligación del Cliente saber que:

a) En ningún caso forman parte del mantenimiento del presente Servicio contratado equipos y dispositivos como Módem/Router, Equipos informáticos, etc. que el Cliente conecte al Punto de Terminación de Red.
b) Las resolución de incidencias y averías por parte de IB-RED, y no imputables a ésta, en el domicilio o local de Cliente deberán ser objeto de contraprestación económica a favor de IB-RED.

12.OBLIGACIONES DE IB-RED.

Las obligaciones de IB-RED frente al Cliente que contrata el Servicio son las siguientes:

a) IB-RED prestará al Cliente el Servicio de forma regular y continuada, 24 horas al día durante todo el año natural. Asimismo, dicho servicio podría verse interrumpido por el tiempo que se considere imprescindible con la finalidad de realizar labores de mejora y mantenimiento de la red y el sistema de IB-RED en beneficio del Servicio contratado por el Cliente o por otras causas constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor, no imputables a IB-RED.

En la medida de lo posible y cuando sea técnicamente viable y siempre con antelación, IB-RED comunicará al Cliente las fechas de dichas labores de mantenimiento y de actualización del sistema.

IB-RED se compromete con el Cliente a hacer todo lo posible para solucionar la interrupción del servicio con la mayor brevedad posible, con el objetivo de minimizar las consecuencias de la interrupción.

IB-RED no garantiza la disponibilidad del Servicio en el caso de que el Cliente disponga en su equipo informático de elementos de hardware o de software que provoquen un mal funcionamiento o discontinuidad de la conexión a Internet.

IB-RED no se hace responsable del equipo informático ni del Módem/Router del Cliente ni de las incidencias que dichos equipamientos pudieran producir en el normal funcionamiento del Servicio.

b) Informar al Cliente de cualquier eventualidad en el sistema conocida con anterioridad por IB-RED que pueda afectar al funcionamiento normal del Servicio o a una modificación sustancial de las condiciones del Servicio. Esta notificación se hará al Cliente con la máxima antelación posible y cuando sea técnicamente viable.
c) IB-RED estará a disposición del Cliente para cualquier aclaración o petición adicional que el Cliente solicite en cuanto a condiciones y características del Servicio, la facturación del Cliente y otros aspectos relevantes del presente contrato.
d) Cumpliendo la legislación, IB-RED indemnizará al Cliente si existiera ininterrupciones del Servicio cuyo acumulado en un mes supere las cuarenta y ocho (48) horas de interrupción, por causa ajena al Cliente.
e) La indemnización que contempla la cláusula 12.d) se aplicará previa petición del Cliente, que dispone de un plazo de diez (10) días siguientes a aquel que en quedó restablecido el Servicio para formular la solicitud. Los canales habilitados por IB-RED a tal efecto es a través del e-mail administracion@ibred.es, indicando sus datos personales y los datos del contrato de Servicio.

IB-RED abonará esta indemnización en la próxima factura del Cliente tras la interrupción del servicio o en la siguiente a ésta, en el caso de que se hubiera producido el cierre de los procesos de facturación del departamento de Administración. La indemnización consistirá en la devolución de la parte proporcional de la cuota del servicio contratado relativa al tiempo acumulado de la incomunicación mensual que excede de 48 horas.

IB-RED no aplicará indemnización cuando la interrupción esté motivada por alguna de las siguientes causas:

1) Incumplimiento grave por parte del Cliente de las presentes condiciones contractuales.

2) Daños producidos en el sistema debido a la conexión por el Cliente de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada, de acuerdo con la normativa vigente.

8.CAMBIO DE UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES.

El Cliente deberá abonar a IB-RED una cuota adicional en el caso de que solicite el cambio de ubicación y el traslado y reconexión del equipo de un lugar a otro en concepto de reinstalación de los equipos. Dicho cargo económico podrá variar en función del traslado y de las posibles reutilizaciones del antiguo equipo del Cliente. Previamente IB-RED deberá comunicar al Cliente el coste adicional de dicho traslado o cambio de domicilio.

3) La interrupción del Servicio como consecuencia de las operaciones de mantenimiento de la Red y el sistema indicadas en la cláusula 12.a). y en beneficio de la mejora del Servicio contratado por el Cliente.

4) La discontinuidad o interrupción en el Servicio ajena a IB-RED y causada por la introducción por parte del Cliente de elementos de Hardware o de Software que impidan el buen funcionamiento de su equipo informático o que resulten incompatibles para el acceso a Internet a través del Servicio.

5) La interrupción del Servicio a causa de averías en el tramo de red de acceso ajenas a IB-RED, tales como infraestructuras comunes de Telecomunicaciones y red de Cliente.

6) La interrupción del Servicio motivada por cualquier problema en el Módem/Router en cuanto a la configuración y funcionamiento del mismo cuando éstas sean responsabilidad imputable al Cliente, aunque dicho Módem/Router se haya adquirido a IB-RED.

7) La pérdida de Servicio a causa de cualquier problema con el suministro de la energía eléctrica.

8) Causas de fuerza mayor.

9) IB-RED computa la falta de disponibilidad total o parcial del Servicio desde el momento en que se reciba el aviso de incidencia del Cliente o bien desde que IB-RED registre la incidencia causante de la interrupción, hasta el momento en que se solvente la incidencia previamente notificada y se restablezca el Servicio al Cliente.

En los casos en que fuere necesaria la resolución de la incidencia en el domicilio del Cliente, IB-RED concretará una cita con él para la resolución de la avería. En el caso de que el Cliente no aceptara esta primera cita, el periodo de tiempo comprendido entre la cita propuesta por IB-RED y la aceptada por el Cliente no se considera computable a efectos de la duración de la no disponibilidad del servicio. Se considera una cita concertada el compromiso, de mutuo acuerdo por IB-RED y el Cliente, en el que se fija la fecha, la hora y el lugar de la resolución de la incidencia Del cómputo de la duración de la falta de disponibilidad del Servicio, se descontará, igualmente, el tiempo de demora en el restablecimiento efectivo del mismo que sea imputable al Cliente y el impedimento por parte del Cliente del acceso a IBRED a la intervención directa en las instalaciones o equipos.

13.OBLIGACIONES DEL CLIENTE.

Las obligaciones del Cliente frente a IB-RED son las siguientes:

a) El Cliente se compromete a utilizar el Servicio de conformidad con la ley, la moral, las buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público, así como a abstenerse de utilizar el Servicio y/o los demás servicios con fines o efectos ilícitos, prohibidos en las presentes Condiciones Contractuales, lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar los servicios, los equipos informáticos de otros Clientes o de otros usuarios de Internet (hardware y software) así como los documentos, archivos y toda clase de contenidos almacenados en sus equipos informáticos (Hawking), o impedir la normal utilización o disfrute de dichos Servicios, equipos informáticos y documentos, archivos y contenidos por parte de los demás Clientes y de otros usuarios de Internet.
b) El Cliente se compromete a usar y conectar exclusiva y únicamente terminales, cables, conectores y cualesquiera otros equipos o dispositivos expresamente autorizados y que cumplan con las especificaciones técnicas de conexión al sistema de IB-RED. Éstos deben disponer certificados de homologación y aceptación que acrediten el cumplimiento de los estándares y con la normativa en vigor en cuanto a su uso. En el caso de que existieran daños y averías producidas por la conexión de este tipo de dispositivos anteriormente mencionados el Cliente será el único responsable de los mismos.
c) El Cliente está obligado a cumplir con las obligaciones de pago en los términos de la cláusula 3. El Cliente no quedará eximido de su obligación de pagar aunque el Servicio hubiera sido utilizado por personas no autorizadas por el Cliente.
d) Deberá cumplir con las instrucciones que IB-RED transmita en relación con el Servicio.
e) No deberá manipular los equipos instalados propiedad de IB-RED, siendo responsable el Cliente de los daños o deterioros que pudieran derivarse de dichas manipulaciones.
f) Los edificios, locales y viviendas donde se vayan a realizar las instalaciones del equipo necesario para la prestación del Servicio de IB-RED deben reunir las condiciones medioambientales, de alimentación eléctrica y técnicas óptimas para que el Servicio se pueda desarrollar dentro de los límites normales de operación. A estos efectos, es obligación del Cliente indicar la ubicación de los equipos y el tendido de cableado de los mismos.
g) El Cliente debe facilitar a IB-RED toda aquella información que ésta considere relevante a fin de solucionar cualquier tipo de incidencia y avería relativa a la prestación del Servicio.
h) El Cliente deberá utilizar el Servicio, única y exclusivamente, en el local, dependencia o vivienda en la cual IB-RED ha instalado el equipo para la prestación del Servicio, estando absolutamente prohibido derivar dicha prestación hacia cualquier otro local, dependencia o vivienda. El Cliente será responsable de cualquier utilización del Servicio cuya instalación no haya sido realizada por el personal de IB-RED o personas debidamente autorizadas por ésta. Sólo se garantiza a efectos de control de tránsito y fraude de transito ip, la cantidad de un salto de los paquetes de red a través del enrutado. No obstante, en caso de justificación y notificación a IB-RED, está después de comprobar la no coincidencia con un fraude, está obligada a ampliar el límite de saltos a fin de facilitar al cliente la configuración de su red local a su gusto, siempre y cuando dichos saltos de red no tengan el fin de redistribuir la señal de internet de IBRED a terceras personas físicas o jurídicas ni en otra dirección de la contratada para el servicio.
i) El Cliente no podrá revender ni comercializar, en cualquier forma y modo, el Servicio prestado por IBRED y será responsable frente a éste último, sin perjuicio de las acciones penales y civiles que pudieran corresponder, del uso incorrecto de los servicios contratados.
En caso de incumplimiento de la presente condición IB-RED podrá suspender la prestación del Serviciocautelarmente, siempre y cuando se comunique debidamente, sin necesidad de preaviso. Quedan exentos los servicios de Garantizados que si pueden ser comercializados con previo aviso, mediante los medios expuestos en la cláusula 23, y posterior aceptación por escrito por parte de IB-RED.
j) El Cliente autoriza a IB-RED a realizar fotografías de la instalación para uso interno con el fin de gestionar el control de calidad.

14.EXTINCIÓN DEL CONTRATO.

El presente contrato podrá extinguirse por las causas generales admitidas en Derecho y, en particular, por las siguientes:

a) Por finalización del presente contrato o de alguna de sus prórrogas.
b) Por incumplimiento de las partes de las condiciones del presente, sobre todo por la falta o demora en el pago del Servicio por el Cliente.
c) Si el Cliente renuncia unilateralmente a la prestación del Servicio. Ésta deberá ser notificada fehacientemente por escrito a IB-RED (bajas@ibred.es) con una antelación mínima de quince (15) días a la fecha en que desee dar por resuelto el contrato una vez cumplido el periodo de permanencia. El e-mail debe ser enviado desde el e-mail que figure en la ficha del cliente y adjuntado una fotocopia del DNI.
d) En el caso de que el Cliente utilice de forma negligente el Servicio y como consecuencia pudiera suponer una amenaza a la integridad de la red de IB-RED, o bien, al respeto o intimidad de terceros.
e) Por cesación de IB-RED en la prestación del Servicio, previa comunicación a los Clientes con quince (15) días de antelación sobre la fecha prevista para dicha cesación.
f) Por el uso del Servicio contratado en varias viviendas o negocios, sin previo aviso a IB-RED y sin consentimiento por escrito.
g) En el caso que una de las partes incumpla sus obligaciones, siempre que tal incumplimiento no fuera subsanado en un plazo máximo de siete (7) días tras la petición escrita de la otra parte solicitando su subsanación; siempre y cuando dicho incumplimiento se considerara insubsanable o hiciera imposible el cumplimiento del presente acuerdo para la parte denunciante, en cuyo caso la resolución podrá ser inmediata. Ello, en todo caso, dejando a salvo la reclamación que por daños y perjuicios pueda corresponder a cualquiera de las Partes, así como la facultad de retirada y suspensión del acceso a los Servicios.

En cualquier caso, la resolución o desistimiento del presente contrato no exonerará al Cliente del cumplimiento de sus obligaciones pendientes frente a IB-RED.

Resuelto el contrato, el Cliente, en el plazo de quince (15) días naturales a contar desde la fecha efectiva de resolución, tendrá la obligación de devolver a IB-RED el equipamiento instalado necesario para la prestación del servicio en perfecto estado de funcionamiento y estético (entre los que puede incluirse, sin carácter limitativo, router, antena exterior, alimentador POE, cableado y otros elementos de montaje). Para proceder a la devolución el Cliente deberá entregar los equipos en uno de los puntos físicos de venta de IB-RED u otro medio acordado con IB-RED a través de su Servicio de Atención al Cliente. En caso de que el Cliente no proceda a la devolución de los equipos en el plazo señalado anteriormente, IBRED estará facultada para exigir al Cliente la cantidad de 200 € (doscientos euros) como cláusula penal en concepto de indemnización por incumplimiento de la obligación de devolución. IB-RED se reserva el ejercicio de las acciones legales oportunas por cualquier causa de reclamación de daños y perjuicios que le correspondieran como  propietario de los equipos.

15.DERECHO DE DESISTIMIENTO

IBRED pone en conocimiento del CLIENTE que el mismo tiene derecho a desistir libremente del presente contrato en el plazo de catorce (14) días naturales desde la fecha de celebración del mismo. Para ejercer el derecho de desistimiento el CLIENTE deberá remitir al departamento de Atención al Cliente de IBRED, su solicitud de desistimiento al e-mail: bajas@ibred.es. De acuerdo con la normativa vigente, en caso de que antes del transcurso de los 14 días citados se proceda a la instalación y, por tanto, el servicio se encuentre completamente ejecutado, con su consentimiento expreso, no será de aplicación el citado derecho de desistimiento. El ejercicio del derecho de desistimiento no exonerará de cualquier consumo, cargo por trabajos realizados o del deber de devolver los equipos entregados que se hubiera producido con carácter previo a ejercer el derecho de desistimiento.

16.LÍMITES A LA RESPONSABILIDAD DE IB-RED.

IB-RED se responsabiliza de los fallos, interrupciones, indisponibilidad o mal funcionamiento del Servicio, así como de los daños y perjuicios causados al Cliente cuando los mismos sean imputables directamente a IB-RED.

a) IB-RED no se responsabiliza de los fallos, interrupciones totales o parciales o mal funcionamiento del Servicio en caso de fuerza mayor o a consecuencia de condiciones meteorológicas muy adversas o debidos a una actuación dolosa o culposa del Cliente.
h) IB-RED no controla el acceso ni la utilización que el Cliente u otros usuarios hacen de los servicios. En particular, IB-RED no garantiza que el Cliente u otros usuarios accedan a y/o utilicen los servicios de conformidad con los dispuesto en estas Condiciones Contractuales o, en su caso, con las condiciones particulares que puedan resultar de la aplicación. IB-RED excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que pudieran deberse al acceso y la utilización de los servicios por el Cliente o por otros usuarios, en contra de lo dispuesto en estas Condiciones Contractuales.
i) IB-RED no controla ni ofrece ninguna clase de garantía sobre la veracidad, vigencia, exhaustividad y/o autenticidad de los datos que los Clientes proporcionan sobre si mismos o hacen accesibles a otros Clientes o usuarios.
j) IB-RED no garantiza el buen funcionamiento del Servicio contratado en los casos de que éste, esté siendo usado por varias viviendas o negocios sin previo aviso a IB-RED y sin consentimiento por escrito.

IB-RED excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la incorrecta identidad de los Clientes o usuarios y a la falta de veracidad, vigencia, exhaustividad y/o autenticidad de la información que los clientes o usuarios proporcionan acerca de sí mismos y proporcionan o hacen accesibles a otros Clientes o usuarios y, en particular, aunque no de modo exclusivo, por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la suplantación de la personalidad de un tercero efectuada por el Cliente o usuario en cualquier clase de comunicación o transacción realizada a través de los servicios.

17.PROCEDIMIENTO EN EL CASO DE VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y EN CASO DE APRECIACIÓN DE CONTENIDOS ILÍCITOS.

IB-RED declara su rotunda y firme oposición a (i) la violación de derechos de propiedad intelectual y a (ii) la explotación de contenidos y/o distribuir contenidos y/o servicios tipificados como ilícitos desde el punto de vista penal.

IB-RED declara su total negativa a emitir y/o distribuir contenidos que violen derechos de propiedad intelectual o que sean considerados ilícitos, desde el punto de vista penal, en sus estructuras y/o servicios. En el caso de que un Cliente o un tercero considere que la puesta a disposición de cualquiera de los Contenidos a través del Servicio infringe sus derechos de propiedad intelectual, dicho Cliente o tercero deberá enviar una notificación a IB-RED en la que se contengan los siguientes extremos:

a) Datos personales del reclamante: nombre, NIF/CIF/NIE/ PASAPORTE, dirección, número de teléfono y dirección de correo electrónico.
b) Firma auténtica o equivalente, con los datos personales del titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos o de la persona autorizada para actuar en nombre y por cuenta del titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos.
c) Indicación precisa y completa de los Contenidos protegidos mediante los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos, así como de su localización.
d) Declaración expresa y clara de que la puesta a disposición de los Contenidos indicados se ha realizado sin el consentimiento del titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos.
e) Declaración expresa, clara y bajo la responsabilidad del reclamante de que la información proporcionada en la notificación es exacta y de que la introducción de los contenidos constituye una violación de sus derechos de propiedad intelectual.
En el caso de que un Cliente o un tercero considere que existen hechos o circunstancias que revelen el carácter ilícito, desde el punto de vista penal, de un Contenido y/o Servicio y/o de la utilización de los mismo y/o de la realización de cualquier actividad ilícita relacionada con los mismo, deberá enviar una notificación a IB-RED en la que se contengan los siguientes extremos:
a) Datos personales de reclamante: nombre, dirección, número de teléfono, NIF/CIF/ NIE/ PASAPORTE y dirección de correo electrónico.
b) Especificación de la supuesta actividad ilícita llevada a cabo y, en particular, indicación precisa de los Contenidos y/o Servicios concretos así como de su localización.
c) Hechos o circunstancias que revelan el carácter ilícito de dichos Contenidos, Servicios o actividad.
d) Declaración expresa, clara y bajo la responsabilidad del reclamante de que la información proporcionada en la notificación es exacta y del carácter ilícito de la utilización de los Contenidos y/o Servicios o de la realización de las actividades descritas. Estas notificaciones deberán ser enviadas a info@ibred.es
b) IB-RED no garantiza que los servicios sean útiles para la realización de ninguna actividad en particular, ni la fiabilidad de los servicios ni contenidos accesibles a través del Servicio, y en particular, aunque no de modo exclusivo, que los Clientes puedan efectivamente acceder a los distintos sitios existentes en Internet a través del Servicio, transmitir, difundir, almacenar o poner a disposición de terceros contenidos a través del Servicio, o recibir, obtener o acceder a contenidos a través del mismo.

La conexión de IB-RED no permite el uso sustitutivo de servicios de transmisión de señal de televisión. Es un servicio diseñado con ratio bajo de concurrencia de servicios de internet pero con un límite alto de descarga cuyo diseño de red no es apropiado para ofrecer servicios de iptv, por ello, IB-RED se reserva el derecho de limitar el servicio en el caso de constatar que la conexión es usada como sustitutivo de canal de transmisión de televisión convencional vía satélite o terrestre aéreo. IB-RED es un servicio de telecomunicaciones entre dos puntos remotos de modo que es responsable sólo de su transporte en capa 3, de este modo no es imputable a IB-RED cualquier deficiencia en la satisfacción del cliente derivada de su relación con los responsables de los contenidos a los cuales accede el cliente desde su conexión, ni de las posibles responsabilidades en términos de lucro cesante o perdida de negocio por incidencias hipotéticas en la red. IB-RED no se responsabiliza por los daños y perjuicios de toda naturaleza que pudieran deberse a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir a los servicios y a la fiabilidad de los servicios y contenidos en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a los distintos sitios existentes en Internet a través de los Servicios, en la transmisión, difusión, almacenamiento o puesta a disposición de terceros de contenidos a través de los servicios o en la recepción, obtención o acceso a contenidos a través de los Servicios.

c) IB-RED no garantiza la privacidad y la seguridad en la utilización de los servicios por parte de los Clientes y, en particular, no garantiza que terceros no autorizados no puedan tener conocimientos de la clase, condiciones, características y circunstancias del uso de Internet que puedan hacer los Clientes o que no puedan acceder y, en su caso, interceptar, eliminar, alterar, modificar o manipular de cualquier modo los contenidos y comunicaciones de toda clase que los clientes transmitan, difundan, almacenen, pongan a disposición, reciban, obtengan o accedan a través del Servicio.

IB-RED excluye toda responsabilidad con toda la extensión que permita el ordenamiento jurídico, por los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que pueda deberse al conocimiento que puedan tener los terceros de la clase, condiciones, características y circunstancias del uso de Internet que puedan hacer los usuarios o que puedan deberse al acceso y, en su caso, a la interceptación, eliminación, alteración, modificación o manipulación de cualquier modo de los contenidos y comunicaciones de toda clase que los clientes o usuarios transmitan, difundan, almacenen, pongan a disposición, reciban, obtengan o accedan a través del Servicio.

En este sentido, se considera actuación dolosa o culposa, la conexión o manipulación de equipos que pueda realizar el Cliente bajo su responsabilidad y sin intervención de IB-RED; la interrupción o mal funcionamiento del Servicio derivado de la falta de homologación de los equipos propiedad del Cliente o del incumplimiento de las especificaciones técnicas de conexión al sistema de IB-RED imputables al Cliente y personal a su cargo que impidan, limiten o restrinjan las prestaciones del Servicio. En estos casos, y en los expuestos en los puntos que van del uno (1) al ocho (8) de la cláusula 12e), IB-RED no será responsable frente al Cliente por perdidas indirectas o causales o por otra forma de daño al negocio, perdida de ganancias, perdidas de ahorros previstos, o perdidas de beneficios, enriquecimiento injusto, compensación por creación del cliente o fondo de comercio.

En caso de fallos, interrupciones o mal funcionamiento del Servicio por causas imputables a terceros, IBRED se compromete a ejercitar frente al tercero cuantas acciones legales sean necesarias con objeto de resarcir los daños y perjuicios ocasionados al Cliente y se compromete a restituir el Servicio en los plazos de tiempo establecidos en los niveles de calidad ofertados y presentes en estas condiciones contractuales.

d) IB-RED no garantiza de manera absoluta la ausencia de virus en los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los servicios, ni de la ausencia de otros elementos que puedan producir alteraciones en el equipo informático del Cliente o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados o transmitidos desde el equipo informático del Cliente.

IB-RED no se responsabiliza de los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la presencia de virus o a la presencia de otros elementos lesivos en los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los servicios. IB-RED no tiene obligación de controlar el contenido y naturaleza de los contenidos transmitidos, difundidos o puestos a disposición a terceros por el Cliente. Ello no obstante, y previa existencia de causa que lo justifiquen, IB-RED se reserva el derecho a revisar, dentro de los límites legales, en cualquier momento y sin previo aviso, por propia iniciativa o a petición de tercero, los contenidos trasmitidos, difundidos o puestos a disposición a terceros por el Cliente y a adoptar las medidas necesarias dirigidas a impedir su transmisión, difusión o puesta a disposición de terceros.

e) IB-RED es completamente ajena y no interviene en la creación, transmisión, ni en la puesta a disposición de, ni garantiza la licitud, fiabilidad y utilidad de los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los servicios. IB-RED excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la transmisión, difusión, almacenamiento, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través de los servicios y, en particular, aunque no de modo exclusivo, por los daños perjuicios que puedan deberse a: (1) al incumplimiento de la ley, la moral y las buenas costumbres generalmente aceptadas o el orden público como consecuencia de la transmisión, difusión, almacenamiento, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través de los servicios; (2) La infracción de los derechos de propiedad intelectual e industrial, de los secretos empresariales, de compromisos contractuales de cualquier clase, de los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la imagen de las personas, de los derechos de propiedad y de toda otra naturaleza pertenecientes a un tercero como consecuencia de la transmisión, difusión, almacenamiento, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través de los servicios; (3) la realización de actos de competencia desleal y publicidad ilícita como consecuencia de la transmisión, difusión, almacenamientos, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través de los servicios; (4) la falta de veracidad, exactitud, exhaustividad, pertinencia y/o actualidad de los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición o accesibles a través de los servicios; (5) La inadecuación para cualquier clase de propósito de y la defraudación de las expectativas generadas por los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los servicios; (6) el incumplimiento, retraso en el cumplimiento, cumplimiento defectuoso o terminación por cualquier causa de las obligaciones contraídas por terceros y contratos realizados con terceros a través de o con motivo del acceso a los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los servicios; (7) Los vicios y defectos de toda clase de los productos y servicios comercializados, adquiridos o prestados a través de los servicios de terceros accesibles a través del servicio.
f) IB-RED no garantiza, de manera absoluta, la ausencia de virus en los servicios prestados por terceros a través de los Servicios. IB-RED excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a defectos en la calidad de los servicios prestados por terceros a través de los Servicios. IB-RED no tiene obligación de controlar y no controlar el contenido y naturaleza de los contenidos transmitidos, difundidos o puestos a disposición de los servicios prestados por terceros a través de los Servicios. Ello no obstante, y previa existencia de causa que los justifiquen, IB-RED se reserva el derecho a revisar, dentro de los límites legales, en cualquier momento y sin previo aviso, por propia iniciativa o a petición de tercero, los contenidos transmitidos, difundidos o puestos a disposición a través de los servicios prestados por terceros a través de los Servicios y a adoptar las medidas necesarias dirigidas a impedir su transmisión, difusión o puesta a disposición.
g) IB-RED es completamente ajena y no interviene en la configuración y prestación de los servicios prestados por terceros a través de los servicios ni garantiza la licitud, fiabilidad y utilidad de los servicios prestados por terceros a través de los servicios.

IB-RED excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza, que puedan deberse a los servicios prestados por terceros a través de los servicios, y en particular, aunque no de modo exclusivo, por los daños y perjuicios que puedan deberse a: (1) El incumplimiento de la ley, la moral y las buenas costumbres generalmente aceptadas o el orden público como consecuencia de la prestación de servicios por terceros a través de los servicios; (2) La infracción de los derechos de propiedad intelectual e industrial, de los secretos empresariales, de compromisos contractuales de cualquier clase, de los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la imagen de las personas, de los derechos de propiedad y de toda otra naturaleza pertenecientes a un tercero como consecuencia de la prestación de servicios por terceros a través de los servicios; (3) la realización de actos de competencia desleal y publicidad ilícita como consecuencia de la prestación de servicios por terceros a través de los servicios; (4) la falta de veracidad, exactitud, exhaustividad, pertenencia y/o actualidad de los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición o accesibles a través de los servicios; (5) la inadecuación para cualquier clase de propósito de y la defraudación de las expectativas generadas por los servicios prestados por terceros a través de los servicios; (6)el incumplimiento, retraso en el cumplimiento, cumplimiento defectuoso o terminación por cualquier causa de las obligaciones contraídas por terceros y contratos realizados con terceros en relación con o con motivo de la prestación de servicios a través de los servicios; (7) los vicios y defectos de toda clase de los servicios prestados por terceros a través de los servicios.

18.RECLAMACIONES.

El Cliente deberá enviar a IB-RED las reclamaciones que puedan plantearse en relación con cualquier aspecto de la prestación del Servicio y de su facturación utilizando los canales de comunicación que IBRED tenga habilitados al efecto (reclamaciones@ibred.es). En el supuesto de que la reclamación no fuera atendida en el plazo de un mes, el Cliente podrá remitirla ante las Juntas Arbitrales de Consumo en los términos establecidos en la normativa reguladora de las mismas. En el caso de que no haya sometimiento de las partes a las Juntas Arbitrales, el Cliente podrá dirigirse a la Secretaría del Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información que, una vez realizados los trámites oportunos, dictará resolución sobre la cuestión planteada.

19.REMBOLSOS.

IB-RED abonará al Cliente en factura o, en su defecto, en la forma en la que ambas partes acuerden, aquellos importes a que el Cliente tuviera derecho por reintegros de conformidad con lo establecido en las condiciones contractuales del Servicio, según lo establecido en la cláusula 12 punto e).

20.SECRETO DE LAS COMUNICACIONES Y CONFIDENCIALIDAD.

IB-RED adoptará las medidas técnicas que tenga a su alcance para garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de IB-RED. IB-RED queda exento de toda responsabilidad derivada de la obtención por parte del Cliente o por terceros de grabaciones de señales, sea cual sea su índole, de su uso o publicidad y de cuantas acciones u omisiones no imputables a IB-RED quebranten el secreto de las comunicaciones.

El Cliente e IB-RED adquieren el compromiso de mantener la confidencialidad de toda la información que reciban de la otra parte dentro del contexto de este contrato de prestación de Servicio. Se considera información confidencial cualquier información que alguna de las partes designe a la otra como tal. Tal obligación de confidencialidad no será aplicada a aquella información que sea de dominio público o que haya devenido como tal durante la vigencia del presente contrato; que se encuentre ya en posesión de las mismas o, que se hubiese obtenido a través de terceros no sujetos a la obligación de confidencialidad (sin incumplimientos de obligaciones legales o contractuales). Tampoco será aplicada en el caso de que la información haya sido requerida por la ley o mediante mandato judicial o estatal.

21.CESIÓN DE TERCEROS.

El presente contrato no podrá ser cedido o transmitido por el Cliente a terceros sin previo consentimiento expreso y por escrito de IB-RED.

22.CESIÓN DE DERECHOS.

IB-RED podrá ceder el contrato o los derechos dimanantes del mismo a cualquier Sociedad que pueda prestar en un futuro el Servicio, viniendo obligada a comunicarlo al Cliente en los términos previstos en la cláusula 23, sin perjuicio que éste pueda solicitar la baja en el servicio.

23.NOTIFICACIONES.

Todas las notificaciones, modificaciones o comunicaciones por parte de IB-RED al Cliente se realizarán de alguna de las siguientes maneras según proceda: (a) envío por correo postal al domicilio indicado por el Cliente; (b) envío por correo electrónico a cualquiera de los buzones que el Cliente dispone; (c) comunicación por medio de una llamada telefónica al número de teléfono indicado por el Cliente en el Contrato Cliente rellenado en el momento del Alta del Servicio, o modificado posteriormente por el Cliente conforme a esta Condición. IB-RED podrá, además, informar de las incidencias relacionadas con el Servicio, mediante la publicación en su página Web, a través de su aplicación móvil o mediante el contestador automático, cuando dicha información sea de carácter general para todos los Clientes. A estos efectos, el Cliente manifiesta que todos los datos facilitados por él son ciertos y correctos, y se compromete a comunicar a IB-RED todos los cambios relativos a su domicilio, datos de cobro y todo tipo de información necesaria para la gestión y mantenimiento de la relación contractual entre IB-RED y el Cliente. El Cliente responderá de la veracidad de sus datos en los términos previstos en la cláusula 15.i) Las comunicaciones del Cliente a IB-RED deberán dirigirse al Servicio de Atención al Cliente utilizando los números de teléfono y los correos electrónicos de atención comercial.

24.DOCUMENTOS CONTRACTUALES.

Las presentes condiciones contractuales junto con la hoja de solicitud del Servicio y demás documentos que se firmen entre el Cliente e IB-RED, constituyen un único contrato, y los citados documentos serán obligatorios para las partes de acuerdo con sus términos. En caso de incompatibilidad se aplicará con preferencia lo específico sobre lo general. En el caso que cualquiera de las cláusulas del presente contrato, fuere declarada contraria a equidad o derecho e inválida por parte de un órgano judicial u otra autoridad competente, dicha invalidez no afectará al resto de las cláusulas que permanecerán vigentes en todos sus términos. En el supuesto de que las condiciones del presente contrato fueran modificadas en sus términos esenciales, se procederá a la redacción de un nuevo documento.

25.LEY APLICABLE Y FUERO.

El presente contrato se regirá por la ley española. Las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten para caso de conflicto en la interpretación o aplicación de este contrato al de los Juzgados y Tribunales de la ciudad del domicilio del Cliente o del lugar del cumplimiento de la obligación.

 

 

CONDICIONES PARTICULARES APLICABLES AL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA

1.DURACIÓN DEL CONTRATO.

La prestación del Servicio tendrá una duración indefinida, salvo manifestación por alguna de las partes de su intención de resolverlo, mediante comunicación escrita, con una antelación mínima de quince (15) días. IB-RED procederá a la conexión inicial del Servicio en el plazo máximo indicado en la cláusula 6 de las condiciones contractuales desarrolladas anteriormente. A estos efectos, la entrada en vigor del contrato se producirá de acuerdo a lo dispuesto, en este sentido, en la Cláusula 4 de las condiciones contractuales.

2.LÍMITE DE CRÉDITO. GARANTÍA.

IB-RED podrá fijar, antes y durante la vigencia del contrato, un límite de crédito, el cual será comunicado con carácter inmediato al Cliente. Cuando se alcance el límite establecido, IB-RED podrá facturar y enviar al cobro la cantidad correspondiente. En el caso de fijación de un límite de crédito, la cuantía del mismo será determinada en base a criterios objetivos que serán previamente comunicados al Cliente en el momento del requerimiento de constitución de dicho límite de crédito.

Asimismo, IB-RED se reserva el derecho a exigir, en los supuestos señalados a continuación, la constitución de un depósito en garantía, tanto en el momento de contratar como durante la vigencia del presente contrato. El depósito podrá exigirse por parte de IB-RED en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que el Cliente haya sido con anterioridad abonado al Servicio y hubiera dejado impagado uno o varios recibos, en tanto subsista la morosidad.
b) Si el Cliente tuviera contraídas deudas por otro u otros contratos de abono, vigentes o no en ese momento o bien que, de modo reiterado se retrasasen en el pago de los recibos correspondientes.
c) Por retraso reiterado en el pago de los recibos del presente contrato. La cuantía del depósito se determinará sumando el importe de los tres últimos recibos impagados del presente contrato y, en el caso de que fueran menos los recibos impagados, la cantidad resultante de sumar por tres el último recibo. El requerimiento de constitución del depósito que, en su caso sea solicitado, se realizará por cualquier medio que deje constancia de su recepción por parte del Cliente, quien en el plazo de quince (15) días a partir de su solicitud fehaciente al Cliente, facultará a IB-RED para suspender el Servicio. De igual modo, IB-RED podrá, en los diez (10) días siguientes al segundo requerimiento, interrumpir el Servicio si el Cliente no hubiera constituido el depósito. IB-RED devolverá la fianza o aval bancario, en el plazo de quince (15) días desde el momento que tenga constancia del pago íntegro de las cantidades adeudadas.

Si con anterioridad al pago de los recibos pendientes, el Cliente se diera de baja o solicitara el cambio de titularidad, IB-RED podrá ejecutar el depósito por el total de la deuda contraída, quedando el remanente, si existe, a disposición del Cliente.

3.SUSPENSIÓN O INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO A INSTANCIA DE IB-RED.

El impago total o parcial por el plazo superior a un mes desde la prestación o puesta al cobro de la factura correspondiente podrá dar lugar, previo aviso al Cliente, a la suspensión por parte de IB-RED de la prestación del Servicio.El retraso en el pago del Servicio por un período superior a tres meses o la suspensión temporal, en dos ocasiones, del contrato por mora en el pago de los servicios correspondientes, dará derecho a IB-RED a la irrupción definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del contrato. La suspensión del Servicio se notificará al Cliente, mediante correo electrónico o llamada desde el Departamento de Atención al Cliente, con al menos quince (15) días de antelación a la fecha en que se realizará la suspensión efectiva del mismo. Dicha notificación incluirá, el correspondiente requerimiento de pago y se indicará la fecha en que la suspensión se producirá de no haberse procedido al pago por parte del Cliente. La suspensión del Servicio no podrá realizarse en día festivo ni en víspera del mismo y no exime al Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cuotas fijas correspondientes.

Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, en el caso de que el Cliente haya presentado una reclamación ante las Juntas Arbitrales de Consumo o ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, IB-RED no suspenderá ni interrumpirá el Servicio, mientras la reclamación se esté substanciando, siempre que el Cliente consigne fehacientemente el importe adecuado, y entregue el correspondiente resguardo a IB-RED. En cualquier caso, IB-RED reestablecerá el Servicio suspendido dentro del día laborable siguiente a aquel en el que tenga constancia de que el importe adecuado ha sido satisfecho.

Sin perjuicio de la facultad de suspensión o resolución del Servicio, se aplicarán a las cantidades adeudadas un interés de demora al tipo de referencia EURIBOR incrementado en dos (2) puntos, si transcurridos diez (10) días desde que los importes sean exigibles no se ha efectuado el pago del importe adecuado. La aplicación del citado interés se efectuará por cada día que transcurra desde la finalización del plazo de diez (10) días anteriormente mencionado, hasta la fecha en que se realice el pago del importe adecuado.

4.SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO A SOLICITUD DEL CLIENTE.

El Cliente tendrá derecho a solicitar de IB-RED, mediante comunicación escrita a la sede social de IBRED, la suspensión temporal del Servicio, por un periodo determinado que no será menor de un mes ni superior a tres meses, con un mínimo de quince (15) días de antelación a la fecha de su efectividad. El período no podrá exceder en ningún caso, de noventa días por año natural. La suspensión temporal del Servicio implicará una facturación inmediata del saldo pendiente. Durante el período de suspensión temporal, IB-RED deducirá de la factura la mitad de la cuota fija de abono. La facturación se reanudará en el momento de la rehabilitación del Servicio que se restablecerá automáticamente el primer día hábil posterior al período de suspensión del Servicio, salvo que el Cliente por notificación expresa y por escrito solicite la baja del mismo.

5.PARÁMETROS DE CALIDAD DEL SERVICIO.

Sin perjuicio de las compensaciones recogidas en el presente contrato, en el caso de producirse interrupciones temporales de Servicio no justificadas y directamente imputables a IB-RED, ésta deberá indemnizar al abonado con una cantidad que será, al menos igual al promedio del importe facturado por el Servicio durante los tres (3) meses anteriores a la interrupción prorrateando por el periodo en el que se efectúe la interrupción. El abono de indemnización correspondiente se realizará en la factura del mes posterior al que se haya producido la interrupción del Servicio. La indemnización prevista en el párrafo anterior no será de aplicación cuando la interrupción temporal del Servicio esté motivada por alguna de las características expuestas en la cláusula 12 e) de las Condiciones Contractuales desarrolladas anteriormente.

6.USO RAZONABLE DEL SERVICIO.

Todos los planes de telefonía fija están sujetos a un uso razonable del servicio.

El Servicio ofertado tiene carácter exclusivamente personal, por lo que con la firma del presente Contratoel Cliente manifiesta su compromiso a emplearlo como tal, haciendo un uso licito del Servicio conforme a la normativa vigente, a los principios de la buena fe y a abstenerse de llevar a cabo conductas que vulneren derechos de terceros.

Se considerará que el Cliente realiza un uso no razonable o irregular del servicio de telefonía fija ilimitada a fijos y móviles nacionales cuando use más de 3.000 minutos al mes y/o llame a más de 150 destinos diferentes. Todos los planes de IB-RED entienden como uso no razonable las llamadas de tarificación adicional. Entre lo anterior se incluye, con carácter meramente enunciativo y no limitativo, destinar el Servicio con fines comerciales o empresariales (p.e. locutorios), así como mediante su uso como dispositivo electrónico (p.e. walkie talkie, centralita, dispositivo de vigilancia y escucha de personas).

IBRED se reserva el derecho de definir cualquier otro criterio diferente a los anteriores que le permita descubrir la existencia de un uso irregular del Servicio.

En caso de superarse dichos límites, el exceso de minutos resultante se tarificará conforme a la naturaleza de cada llamada conforme a las tarifas que le sean de aplicación de acuerdo al plan de precios contratado.

En cualquiera de estos supuestos, IBRED podrá unilateralmente optar por resolver el Contrato o suspender temporalmente el Servicio en caso de que existan indicios de uso no razonable o fraudulento.

El Cliente responderá de todos los daños y perjuicios que pudieran originarse por este supuesto.

7.CAMBIO DE NÚMERO(S) DE ABONO TELEFÓNICO.

EL Cliente tendrá derecho a conservar los mismos números de teléfono contratados con el Servicio en caso de cambio de operador, de servicio o de ubicación física.

8.LÍMITES A LA RESPONSABILIDAD DE IB-RED.

IB-RED es responsable únicamente hasta el punto de terminación de red (PTR). El mantenimiento de los equipos de comunicaciones y del cableado interior, conectado a una línea telefónica de IB-RED en la sede del Cliente es responsabilidad de éste hasta el punto de terminación de red (PTR), entendiendo por tal el punto que separa el equipamiento del Cliente y el de IB-RED. No obstante lo señalado, en el caso de que los equipos de comunicaciones que utilizase el Cliente sean propiedad de IB-RED, ésta sería responsable del mantenimiento de los mismo.

Por norma general IB-RED no cede los datos de usuario/contraseña de telefonía por motivos de seguridad salvo en el caso que el Cliente lo solicite a través de los medios expuestos en la cláusula 23.

En el caso de cesión el Cliente acepta los siguientes puntos:

a) Se cede el usuario/contraseña para la realización de llamadas desde una conexión de IB-RED. En ninguno de los casos se podrán realizar llamadas con este usuario/contraseña desde fuera de IB-RED.
b) El usuario/contraseña no podrá ser cedido a terceros.
c) El cliente se responsabiliza de tener los sistemas de telefonía propios en entornos seguros.
d) IB-RED no se responsabiliza de posibles usos fraudulentos de estos datos, así como de la utilización de los mismos para la realización de llamadas no autorizadas de los posibles fraudes derivados del uso de este usuario/contraseña, haciéndose el Cliente cargos de los costes derivados de las llamadas realizadas por esta línea identificada con el usuario cedido, sea cual sea su origen.

 

 

CONDICIONES PARTICULARES APLICABLES AL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET

1.DURACIÓN DEL CONTRATO.

La prestación del Servicio de Banda Ancha Radio tiene una duración mínima de nueve (9) meses, considerándose prorrogada, por idéntico plazo al inicial, salvo que una de las partes se manifestara contraria, mediante comunicación escrita a bajas@ibred.es, con una antelación mínima de quince (15) días. El plazo de duración mínima fijado será tenido como condición esencial de la prestación de este servicio. En el caso de que el Cliente quisiera extinguir el contrato antes de transcurrir el periodo de vigencia mínimo de la prestación de este Servicio, teniendo en cuenta el valor real del Alta + Instalación es de 249€, estará obligado a abonar a favor de IB-RED dicho importe en su totalidad, restando la parte que abonara el día de la instalación. Este plazo de duración mínima inicial será de seis (6) meses durante un mínimo de dos (2) temporadas en caso de contratación del Servicio de Banda Ancha Garantizado Radio. Y el valor real del Alta + Instalación de este servicio es de 950€. En el caso de no cumplir el periodo mínimo estará obligado a abonar a favor de IB-RED dicho importe en su totalidad, restando la parte que abonará el día de la instalación. En cuanto al bono de banda ancha radio tendrá una duración inicial de seis meses consecutivos por año. Mientras se encuentre vigente el plazo de duración mínima, el Cliente podrá solicitar a IB-RED un único cambio de domicilio o lugar de prestación del Servicio sin que conlleve un coste adicional por nueva instalación. En caso de producirse el supuesto anterior, el plazo de duración mínima se incrementará por doce (12) meses adicionales a contar desde el momento en el que el Cliente disponga del Servicio en su nueva localización, y será de aplicación la misma condición por terminación unilateral anticipada prevista en el párrafo anterior. Se excluyen de esta opción sucesivas peticiones de cambio de domicilio o lugar de prestación del Servicio que el Cliente pudiera solicitar.

2.SUSPENSIÓN O INTERRUPCIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO A INSTANCIA DEL CLIENTE

El Cliente podrá solicitar la interrupción temporal o la suspensión del servicio de Fibra Óptica (FTTH),debiendo ser comunicado con una antelación mínima de catorce (14) días con carácter previo a la fecha en la que se desea se inicie la interrupción.

Una vez que se produzca la reconexión, en cualquier momento futuro en el cual el Cliente solicitase la reconexión o reactivación del Servicio, IB-RED cobrará un importe de noventa (90) euros más IVA en concepto de REACTIVACIÓN DEL SERVICIO, que será incluido en la factura del próximo mes al que se reanude el Servicio.

3.IMPAGOS DE FACTURAS.

IB-RED podrá desconectar el Servicio por la demora en el pago, total o parcial, transcurrido un plazo mínimo de diez (10) días naturales a contar desde el día siguiente al de presentación o puesta al cobro de la factura correspondiente. Previa a la suspensión del Servicio, IB-RED se lo comunicará fehacientemente al Cliente con una antelación mínima de cinco (5) días naturales.

El Servicio del Cliente será restablecido por IB-RED el día siguiente hábil que tenga conocimiento de que se ha realizado el pago del importe demorado, facultando a IB-RED a incluir un cargo a su favor en la siguiente factura por la cantidad de catorce euros (14€) (IVA incluido) en concepto de RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO.

En el caso de que el Cliente satisfaga el importe pendiente de la factura en un plazo inferior a los diez (10) naturales posteriores al vencimiento de la factura, se producirá un cargo de cinco euros (5€) en concepto de costes bancarios por devolución de recibos y gestiones administrativas.

Si el Cliente no ha abonado el importe pendiente transcurridos veinte (20) días naturales desde la suspensión del Servicio, IB-RED podrá finalizar el contrato respecto del Servicio contratado.

En el caso de reiteradas devoluciones de recibos impagados, IB-RED podrá suspender la prestación del servicio, supeditando el restablecimiento del servicio a la aportación de la constitución de un Depósito de Garantía por el doble del valor de los últimos tres recibos devueltos, siendo devuelto el mismo en el momento en que fueran liquidadas las cantidades pendientes de abono. En caso de producirse la Baja del Cliente en el Servicio, IB-RED ejecutará el depósito en la cuantía que cubra el total de la deuda contraída.

Sin perjuicio de la facultad de suspensión o resolución del Servicio, se aplicarán a las cantidades adecuadas un interés de demora al tipo de referencia EURIBOR incrementando en dos (2) puntos, si transcurridos diez (10) días desde que los importes sean exigibles no se ha efectuado el pago del importe adecuado. La aplicación del citado interés se efectuará por cada día que transcurra desde lafinalización del pago de diez (10) días anteriormente mencionado, hasta la fecha que se realice el pago del importe adecuado.

4.USO DE LA INFORMACIÓN.

IB-RED no es responsable de los contenidos de informaciones que no sean suministradas por ella o de cualquiera que puedan derivarse por los usos y contenidos de la información. El Cliente será el único y exclusivo responsable de la información que contiene su base de datos y que suministre a terceros, así como de cualquier acción u omisión que viole el secreto de la comunicaciones, la intimidad de las personas físicas o jurídicas, quedando IB-RED exonerada de cualquier responsabilidad que puedan derivarse por el uso que se pueda hacer de dichos contenidos. Es obligación del Cliente el cumplimiento de las normas relativas a la propiedad intelectual e industria, siendo el único responsable de las infracciones de dicha normativa.

Asimismo, el Cliente adoptará las medidas oportunas para evitar cualquier intromisión ilegítima en la intimidad personal o familiar, o de instituciones o de entidades físicas o jurídicas, o que suponga violación del derecho al honor o a la imagen de terceros, siendo el único responsable de aquellos actos que realice que puedan menoscabar estos derechos. No supondrán vulneración alguna de los derechos y libertades fundamentales reconocidos en la Constitución española y por el resto del ordenamiento jurídico vigente, en particular lo establecido sobre protección de derechos de los consumidores y usuarios, la protección de la infancia y la juventud todas las informaciones o servicios que el Cliente proporcione.

 

El Cliente dejará indemne a IB-RED de cualquier reclamación que pudiera deducirse contra ella por cualquiera y que traigan causa de la transgresión directa o indirecta, por sí o por los usuarios que pertenezcan a su red, de las cláusulas que anteceden. En el caso de que el Cliente aloje información o servicio de terceros, el Cliente será responsable de las posibles infracciones que la información o servicios de dichos terceros proveedores supongan respecto de lo estipulado en este contrato. No es responsabilidad de IB-RED garantizar la seguridad en los accesos a los Servicios proporcionados por el Cliente, por lo que la inexistencia de estas medidas es responsabilidad exclusiva del Cliente por el acceso de usuarios no autorizados y de los daños y perjuicios que puedan derivarse de ello.

Las instalaciones del Cliente podrán disponer de cuantos procedimientos y medios propios sean necesarios para restringir el acceso a sus bases de datos o aplicaciones, o para identificar a los usuarios de las mismas.

El Cliente observará estrictamente y hará observar a sus usuarios o proveedores los principios de buena conducta de IB-RED en Internet tales como:

a) Abstenerse de remitir correo electrónico a otros usuarios que los hayan solicitado, sean o no indiscriminados.
b) Acceder o tratar de acceder a bases de datos, ordenadores personales o instituciones o cualquier otro soporte informático, de forma no autorizada.
c) Obtener o tratar de obtener a través de Internet servicios de cualquier índole sin llevar a cabo la contraprestación económica que se solicitara para ello por el ofertante.
d) Pretender o conseguir alterar o destruir información de IB-RED o de otros proveedores o usuarios.
e) Tomar parte en actividades que deterioren la calidad del Servicio prestado por otros particulares en la red o inferir en el uso que aquellos hagan de ésta.

5.PARÁMETROS DE CALIDAD DEL SERVICIO.

Se considera velocidad de acceso la velocidad máxima alcanzable en capa de nivel de transporte, según R.D. 899/2009 de 22 de mayo por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas. El caudal mínimo garantizado es de 300kb. La velocidad en capa IP y, por lo tanto, del acceso a Internet, dependerá en cada momento del tráfico en Internet, del número de internautas simultáneos y de otros factores técnicos asociados a esa Red (eficiencia de protocolo IP, ocupación de servicios, puertos, etc.), por lo que no puede garantizarse y siempre será inferior a la velocidad máxima en capa de nivel de transporte. Exceptuando en los servicios de garantizados, donde IB-RED se compromete a suministrar un caudal mínimo del 99% del porcentaje de los megas contratados

garantizados.

Por otro lado, la tarifa plana sin límite de descarga queda establecida y garantizada para dispositivos o terminales de red concurrentes en número no superior a 7 para el caso de contrato no empresas (contratos empresa de IB-RED: garantizados).

Los factores limitadores relevantes ajenos a IB-RED son los siguientes:

a) La velocidad de acceso a Internet dependerá del tráfico en Internet existente en cada momento, del número de internautas conectados simultáneamente y de otros factores técnicos como la eficiencia del protocolo IP, ocupación de servidores, puertos, etc.
b) Si el Cliente utiliza un router inalámbrico en su conexión debe saber las limitaciones propias de éste y de la red LAN Wi-Fi. En este sentido, la cobertura puede variar si el dispositivo se encuentra en el interior de casas, pisos, etc., donde también influye el tipo de construcción del edificio; o en exteriores, dónde depende de las interferencias –como pueden ser otras redes inalámbricas- que se puede encontrar la señal y las construcciones u obstáculos (muros, árboles y vegetación, etc…) que haya entre el equipo emisor y el receptor de la señal.
c) Si el cliente utiliza adaptadores PLC Ethernet para conectar el router y el ordenador a través de la red eléctrica, la cobertura de aquellos depende de: el modelo utilizado por el Cliente, el número de equipos o aparatos conectados simultáneamente a la base del enchufe donde está conectado el adaptador; el ruido eléctrico o interferencias introducidas por otros adaptadores conectados a la red eléctrica y la distancia en la red entre adaptadores, entre otras causas.
d) El Cliente debe tener en cuenta que algunos elementos de Hardware y Software de su equipo pudieran impedir o provocar un mal funcionamiento de su equipo en general. A modo de ejemplo podrían ser algunas las siguientes causas:

Programas de peer to peer ejecutándose. El software de intercambio de ficheros (2P2) residente en el PC genera una cantidad elevada de paquetes, provocando lentitud en la navegación y llegando incluso a saturar el tráfico cursado. Algunos virus residentes en el PC del cliente pueden generar una cantidad elevada de paquetes con el fin de contaminar otros equipos, provocando lentitud en la navegación y llegando incluso a saturar el tráfico cursado (virus o gusanos, sus mutaciones y derivados). Software malicioso ejecutándose en la LAN. Actualizaciones automáticas del software residente en el PC. Determinados programas (de sistema operativo, antivirus, navegadores,…) suelen ofrecer actualizaciones online que el cliente puede configurar en modo automático (normalmente viene por defecto seleccionada esta opción), de forma que, cuando el cliente se conecta a Internet, dichos programas buscan y descargan las actualizaciones en segundo plano: no se le informa al cliente ni se le interrumpe durante el proceso pero aumenta el tráfico de datos, ralentizando la navegación. Cableado o equipamiento del cliente no se encuentra en perfectas condiciones o no cumple los requisitos técnicos y características exigidas al mismo para la prestación de este servicio por IB-RED.

6.LÍMITES A LA RESPONSABILIDAD DE IB-RED.

En lo que se refiere al Servicio prestado al Cliente, IB-RED se hace responsable únicamente del servicio prestado hasta el interfaz físico y lógico, perteneciente al Cliente. IB-RED se responsabiliza exclusivamente de la configuración de sus servidores y de la red de su propiedad y no de los fallos, interrupciones totales o parciales o mal funcionamiento del Servicio imputables a terceros, ni de las posibles pérdidas de mensajes de correo electrónico provocados por la mala configuración de los servidores por parte del Cliente o por cualquier otra causa.

 

PROTECCIÓN DE DATOS:

De acuerdo al Reglamento General de Protección de Datos relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), le facilitamos la siguiente información detallada del tratamiento de datos personales:

Responsable del tratamiento: Sus datos pasarán a formar parte de un fichero titularidad de RED DIGITAL DE TELECOMUNICACIONES DE LAS ISLAS BALEARES, S.L., con domicilio fiscal en C/ Santo Domingo, 31, Pollença, con NIF B57481517 y registrado en Pollença (Illes Balears). Asimismo, le informamos de que la Delegada de Protección de Datos es Maria Ochogavía González , con quien podrá contactar a través de la siguiente dirección: m.ochogavia@ibred.es Finalidad del tratamiento: Desarrollar y cumplir con las obligaciones previstas en el presente contrato. Sus datos serán conservados durante el periodo de diez (10) años a partir de la extinción del contrato.

Legitimación: La legitimación para la recogida de sus datos se basa en el contrato suscrito con RED DIGITAL DE TELECOMUNICACIONES DE LAS ISLAS BALEARES, S.L.

Destinarios: Sus datos no serán cedidos para otras finalidades distintas a las anteriormente descritas.

Derechos: Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, y, asimismo, también podrá solicitar la limitación u oposición al tratamiento de sus datos cuando se den determinadas circunstancias, en cuyo caso únicamente serán conservados para el cumplimiento de las obligaciones legalmente previstas. Para ejercer los derechos anteriormente descritos deberá dirigirse a Maria Ochogavía González.

De igual modo, le informamos de que la Agencia Española de Protección de Datos es el órgano competente destinado a la tutela de estos derechos. Con la finalidad de mantener actualizados los datos, el cliente deberá comunicar cualquier cambio que se produzca sobre los mismos.

Compromiso de confidencialidad: De igual modo, de acuerdo al artículo 32 del RGPD, relativo al deber de secreto profesional, Ud. se compromete a guardar la confidencialidad de los datos de carácter personal, subsistiendo esta obligación con posterioridad a la finalización, por cualquier causa, de la relación entre el Cliente y RED DIGITAL DE TELECOMUNICACIONES DE LAS ISLAS BALEARES, S.L.